Exenciones FCT

CURSO 2025/2026

¿DONDE SE PRESENTAN?

De forma telemática a la Secretaría de este Instituto al correo electrónico secretaria@iesfmontseny.com, a través del siguiente 

IMPRESO DE SOLICITUD. (Descárguelo para poder cumplimentarlo)

¿QUÉ DEBO ADJUNTAR?

Quien solicite la exención deberá presentar en la secretaría del centro docente la siguiente documentación:

a) Solicitud dirigida al titular de la dirección del centro docente, debidamente cumplimentada según el modelo oficial. Si se tratase de un alumno con matrícula en un centro docente de titularidad privada deberá dirigir la solicitud al titular de la dirección del centro público al que esté adscrito previa comunicación a la dirección del centro en que se encuentre matriculado.

b) Acreditación de experiencia laboral de al menos un año a tiempo completo o su equivalente a tiempo parcial, relacionada con el ciclo formativo o enseñanza que se cursa, para lo que deberá aportarse la siguiente documentación:
b.1) En el caso de trabajadores asalariados:
– Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la que estuvieran afiliados, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación, y
– Contrato de trabajo o certificación de la empresa donde hayan adquirido la experiencia laboral en la que se especifique la duración de los periodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad.
b.2) En el caso de trabajadores autónomos o por cuenta propia:
– Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente
– Certificación de alta en el censo de obligados tributarios, y
– Descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.
b.3) En el caso de trabajadores voluntarios o becarios, se requerirá la certificación de la organización donde se hubiera prestado la asistencia en la que se especificará las actividades y funciones realizadas, el año en que se realizaron y el número total de horas dedicadas a las mismas.

c) En el caso de que las empresas o entidades a que hace referencia este apartado hubieran cesado en su actividad y resultara imposible la obtención de las certificaciones mencionadas anteriormente, el alumnado deberá aportar la documentación acreditativa del cese de la actividad, junto con una declaración jurada donde se describan las actividades desarrolladas en la empresa o entidad.

¿QUÉ PLAZO TENGO?

EXENCIÓN FCT

30 días hábiles antes del comienzo de la FCT o
* Hasta el 16 de Enero de 2026, para 2º CFGS LOE
* Hasta el 23 de Enero de 2026, para 2º GM LOE y 2º GS LOGSE
EXENCIÓN PERIODO FORMACIÓN EN EMPRESA (SÓLO CICLOS  LFP)
 30 días hábiles antes del comienzo del periodo o

* Hasta el 14 de Noviembre de 2025 (primer trimestre de cualquiera de los cursos de primero o segundo)
 
 
 

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